Confirma TET validez de la elección por alcaldía de Amaxac

En sesión, los magistrados decidieron lo propio en ocho municipios, seis distritos y seis presidencias de comunidad, entre ellas, la de Tecolotla

 

Redacción

El Pleno del Tribunal Electoral de Tlaxcala confirmó los cómputos, la validez de las elecciones y la entrega de constancias de mayoría a candidatos que participaron en los comicios de 8 municipios, 6 distritos electorales y 6 presidencias de comunidad, al calificar como inoperantes o infundados los agravios de los que se dolían diversos actores políticos.

En el caso de la elección de ayuntamiento, fueron confirmadas la validez de las elecciones y la entrega de constancias de mayoría en los municipios de Xiloxoxtla, Amaxac de Guerrero, Totolac, Xaloztoc, Acuamanala, Lázaro Cárdenas, Tepetitla y Sanctórum.

Respecto de los distritos electorales, la validez de las elecciones y la entrega de constancias de mayoría se confirmaron en el distrito 12 de Teolocholco, distrito 14 de Natívitas, distrito 07 de Tlaxcala, distrito 02 de Tlaxco, distrito 03 de Xaloztoc y distrito 10 de Huamantla.

Asimismo, fueron confirmadas la entrega de constancias de mayoría en las presidencias de comunidad de la Sección Quinta del municipio de Tlaxco; de San Buenaventura del municipio de Papalotla; de Actipan Infonavit del municipio de Tetla de la Solidaridad; de Tecolotla municipio de Apetatitlán; del Barrio del Cristo del municipio de San Pablo del Monte y San Andrés Ahuahuastepec municipio de Tzompantepec.

En términos generales, los magistrados del Tribunal declararon inoperantes o infundados los agravios que diversos actores políticos expusieron en sus respectivos recursos de impugnación, con lo cual se confirmaron la validez de las elecciones y las entregas de las correspondientes constancias de mayoría.

Por otra parte, el Pleno del Tribunal aprobó la realización de una diligencia de verificación de 26 votos que fueron calificados como votos a favor de candidatos no registrados en la elección de presidente de comunidad de Francisco I. Madero la Mesa, municipio de Huamantla. La diligencia deriva de que la diferencia entre el primero y segundo lugar es de solo 7 votos.

Finalmente, los magistrados electorales declararon inexistente la infracción imputada por el Partido Revolucionario Institucional (PRI) en contra del diputado federal Juan Corral Mier y el Partido Acción Nacional (PAN), consistentes en la asistencia de funcionario público a evento proselitista en horario laboral para promover candidatos a cargos de elección popular.

Los magistrados señalaron que no consta en autos prueba alguna que acredite los hechos de que se tratan, además de que de las pruebas que fueron presentadas no se desprenden circunstancias de tiempo, modo y lugar.

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