Félix Pozos Palafox
Abogada y Activista
Hace años un adulto era una persona que merecía todo el respeto, abuelos, bisabuelos…. ahora en esta vida de tecnología han pasado hacer la molestia de la casa.
En esta Pandemia me han consultado abuelitos (Adultos mayores), que viven violencia de todo tipo, por parte de los hijos, los nietos y demás familiares; me sorprendió que por ejemplo un policía de Investigación sea el terror de sus padres y que la familia, aún y cuando ha denuncia no prosperen esas denuncias.
“Que venga el afectado y denuncie” (pide MP), muchas veces, son adultos que con dificultad se pueden mover, imagínate tenerlo de manera inhumana, horas en una sala de la Agencia del Ministerio Público; muchos de ellos tienen su pensión, en algunos casos cuentan con alguna casita.
Recuerdo al Maestro Pedro, cuando fue Procurador, en asuntos tan sensibles me llegó a prestar las unidades móviles con Agentes del Ministerio Público y nos íbamos a las poblaciones, para evitarle el gasto y que se desplazarán personas vulnerables.
Legalmente que se puede hacer, debe Usted saber que cualquier persona puede denunciar este tipo de violencia; que los hijos tienen la “OBLIGACION” no sólo moral, ahora ya es legal de ver a sus padres y proporcionar a sus padres, lo que les haga falta; hoy existe jurisprudencia que deja claro que no sólo son los hijos, sino también los parientes más cercanos, los que tienen obligación de dar alimentos; las denuncias de violencia deben ser presentadas ante el Ministerio Público más cercano, si el adulto mayor no está en condiciones de desplazarse, se debe pedir al MP vaya al lugar donde está el adulto mayor; en cuanto a los alimentos (casa, vestido y sustento), esos son ante un Juez Familiar, pueden ir a Ciudad Judicial y ahí preguntar por el Juez de Guardia y tiene la obligación de orientales, la necesidad de alimentos debe estar justificada, es decir si el adulto mayor trabaja, tiene un negocio propio, tiene un RFC (Registro Federal de Contribuyente), tiene bienes, carros, es obvio que no se justifica esa necesidad de acuerdo a la Jurisprudencia (máximo criterio legal), y todos los hijos están obligados a darle alimentos a quien sí los necesite.
Recomendación, si Usted tiene bienes “NO” herede en vida, puede hacer donaciones y si en un término de años el hijo es malagradecido usted puede recuperar su propiedad (Consulte un abogado o Notario), si un hijo le pide u exige realizar una escritura de compraventa exija al Notario una Cláusula de Usufructo Vitalicio, esto significa que vivirá Usted en su casa hasta que muera y mientras esto no suceda le tienen que dar todo lo que necesite, mi consejo no herede ni haga donaciones, así le cuidaran por interés, pero lo cuidaran.
Puede hacer un testamento que únicamente sea válido si el heredero cumplió con ciertas cláusulas, como el hecho de cuidarle y darle el mejor trato, y si son mal agradecidos no les de Usted nada, no está obligado, incluso puede a través de un testamento dejarle todos sus bienes a la Universidad Pública de su Estado, una fundación, a su vecino (a) u amigo que le cuide, se aproxima el mes de Septiembre y es el mes del testamento, se dan bajos costo puede aprovechar; si sus bienes son muchos, mi consejo legal es venda, disfrute y viva, viva hasta el final, que los jóvenes milenials se forjen y hagan su propio patrimonio…
Ahora tiene Usted un Panorama Social, de la realidad y del problema que se suma a la Pandemia, la violencia contra adultos mayores, en Tlaxcala hace falta Asilos dignos para atender a estos grupos vulnerables y quien pretenda ser Gobernador de Tlaxcala debe retomar este tema y dignificar a nuestros abuelitos (as), firmar ante notario sus compromisos… ¿no lo cree Usted?