Mirador Social… “Cobros extrajudiciales…”

Félix Pozos Palafox

Abogada y activista

¿Debes dinero y firmaste un pagaré?, con esta Pandemia hay abusos en todos los sentidos, como lo es que Usted deba a un tercero (prestamista) y llegue a realizarle un requerimiento extrajudicial, nada amistoso.

Los Juzgados tanto del fuero común como del fuero federal mantienen suspendidas sus labores, lo que quiere decir que nadie puede ejecutarle un cobro, notificarle un ejecutivo mercantil o hacerle un requerimiento judicial, sea por un juzgado Civil o un Juzgado de Distrito (Federal).

¿Qué hacer en caso de que le digan que pague o perderá su casa, sus bienes o ira Usted a la cárcel?.

En primer lugar estar pendiente con cualquier medio electrónico para grabar y sacar fotos de quien le requiere; pedir la identificación oficial de la persona que se presente como autoridad (Juez, Actuario, Diligenciario, Ministerio Público ó Policía de Investigación).

Si quien le requiere es una persona que se hace pasar por una Autoridad, esa acción es un delito, pues está en el supuesto de usurpación de funciones. El porcentaje que se debe cobrar es del 6%, no debe darse la usura, o cobro excesivo.

La persona que se presente ante Usted como Autoridad, debe demostrar la licitud y procedencia del dinero que presta y estar dado de alta como prestamista (actualmente).

Siempre quédese Usted con una copia del pagaré o letra que firma, es muy importante ya que lo que este en blanco por ningún motivo se puede alterar.

Por lo que si Usted debe dinero trate de pagar, ya que los intereses se acumulan y la Autoridad, autoriza planillas de liquidación y si puede Usted llegar a perder su patrimonio, si recae una sentencia que lo condene; en caso de que el documento sea alterado, puede defenderse, sin embargo deberá ofrecer una pericial, pagar un abogado y enfrentar un juicio, que en ocasiones resulta más caro que lo que se debe.

Si es Usted llamado vía penal, y quiere concluir ese problema y pagar o liquidar, le recomiendo ir a Justicia Alternativa, llegar a un acuerdo, generalmente pagan la suerte principal y ahí pedir le entreguen su letra o pagaré.

Por lo que le recomiendo pagar sus deudas y evitarse un mal rato, y por favor “NO” firme ni quedé de aval ni de su propio cónyuge, ya que si él no paga, será Usted quien termine pagando dinero que no disfruto.

Nadie puede molestarle en su persona, cosas o bienes, hasta que exista una resolución que así lo ordene, si nunca fue Usted notificado puede anular ese Juicio, sin embargo si debe, tarde o temprano deberá pagar.

Ahora tiene un Panorama Social, Juzgue Usted y no se deje sorprender por vivales que groseramente se hagan pasar por Autoridades y le asusten queriéndole pagar lo que debe de una manera arbitraria…..

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