Simplificarán y eliminarán trámites en el Catastro del Estado

A efecto de reducir tiempo de espera, costos administrativos e incentivar una mayor recaudación fiscal

Gerardo Santillán

La Secretaría de Desarrollo Económico (SEDECO), a través del Comisionado Estatal de Mejora Regulatoria de Tlaxcala, acordó establecer acciones de simplificación de trámites que se realizan ante el Instituto de Catastro del Estado de Tlaxcala, a efecto de reducir tiempo de espera, costos administrativos e incentivar una mayor recaudación fiscal.

Según el documento publicado el 12 de junio en el Periódico Oficial de Tlaxcala, esa estrategia “es una necesidad imperante para garantizar el derecho de las personas ciudadanas a realizar sus gestiones de manera ágil, accesible y eficiente”.

“Un sistema catastral actualizado y accesible incentiva la participación ciudadana, fomenta el cumplimiento de obligaciones fiscales y contribuye al desarrollo territorial ordenado del estado de Tlaxcala”.

El catastro es un inventario preciso y detallado de los bienes inmuebles públicos y privados ubicados en una demarcación territorial determinada.

Para tal efecto, los trámites de avalúo catastral y comercial, así como el levantamiento o deslinde topográfico tendrán que resolverse en un máximo de cinco días hábiles, mientras que la certificación de copias que acrediten valores o planos catastrales deben resolverse en un día.

A su vez, se eliminan algunos requisitos en ciertos trámites como el croquis o plano del predio para el caso de un avalúo catastral; la evidencia fotográfica del predio para el avalúo comercial; la constancia de no inscripción en el municipio, manifestación catastral o copia del contrato de compra – venta, para el caso de una constancia de inscripción y no inscripción.

Asimismo, relación de colindantes, copia de avalúo catastral y entregar citatorio a colindantes y municipios para hacer un levantamiento o deslinde topográfico.

Para esos mismos trámites se acordaron varias mejoras como fusión documental, reducción de carga regulatoria, del tiempo de respuesta, entre otras.

Tras la publicación de este Acuerdo, su entrada en vigor será a partir de los 20 días hábiles.

Sin embargo, “las autoridades competentes deberán realizar las adecuaciones necesarias a los instrumentos normativos vinculados al presente acuerdo dentro del plazo máximo de 120 días naturales contados a partir de la entrada en vigor de la misma”.

Related Articles

Deja un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Back to top button
WP Twitter Auto Publish Powered By : XYZScripts.com
Resumen de privacidad

Cuando el usuario visita la página web, la información de en cookies puede guardarse en su dispositivo, una cookie es un pequeño archivo de texto enviados desde un servidor web a su navegador y guardarlo en su dispositivo.

 

Cuando el usuario vuelve a visitar el portal, la información de cookies se transfiere a nuestro servidor web de nueva cuenta, las cuales son técnicamente necesarias para proporcionar la funcionalidad del sitio web.

 

Nuestras cookies sirve para la experiencia del navegador sea positiva en el sitio web, y sirven para optimizar de manera continua el mismo y facilitar de manera continua en el uso de las funciones que ofrece el portal.

 

Las cookies podrían permitirle conectarse a sus redes sociales y compartir el contenido noticioso, otras, ayudan a mejorar la individualización de la publicidad.

 

Utilizamos cookies de terceros para mejorar nuestros servicios y mostrar a los usuarios publicidad relacionada con sus preferencias. Si se  navega en el portal consideramos que acepta su uso. Es posible cambiar la configuración u obtener más información.