Ordenan a María Félix Pluma borrar bardas de promoción de sus actividades

Le dio un plazo de 48 horas, como medidas cautelares solicitadas por el ciudadano José Félix Solís Morales

Zahr Zuleiman

El Consejo General Instituto Tlaxcalteca de Elecciones (ITE), ordenó a la Diputada Local por el Distrito 09, María Félix Pluma Flores, borrar la promoción de su informe de actividades legislativas que se exhibe en 22 bardas ubicadas dentro del territorio del municipio de Tlaltelulco.

Lo anterior, como parte de las medidas cautelares que la autoridad electoral emitió este martes en el acuerdo ITE-CG 07/2021, para que retire el contenido de texto de las bardas que pintó para anunciar el informe legislativo, por haber excedido los cinco días posteriores a su presentación, según el acuerdo CG.

Se trató del análisis del Procedimiento Especial Sancionador identificado en el expediente CQD-PE-JFSM-CG-001-2021, tras la denuncia presentada por el ciudadano José Félix Solís Morales.

La conducta denunciada deriva de lo previsto por los artículos 134, párrafo octavo, de la Constitución General; así como 95, Apartado B, párrafo tercero, de la Constitución Local, los cuales señalan que: “La propaganda, bajo cualquier modalidad de comunicación social, que difundan como tales, los poderes públicos, los órganos autónomos, las dependencias y entidades de la administración pública y cualquier otro ente de los tres órdenes de gobierno, deberá tener carácter institucional y fines informativos, educativos o de orientación social. En ningún caso esta propaganda incluirá nombres, imágenes, voces o símbolos que impliquen promoción personalizada de cualquier servidor público”

Así mismo deriva de lo previsto por el artículo 242 numeral 5 de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales, mismo que señala: “(…) para los efectos de lo dispuesto por el párrafo octavo del artículo 134 de la Constitución, el informe anual de labores o gestión de los servidores públicos, así como los mensajes que para darlos a conocer se difundan en los medios de comunicación social, no serán considerados como propaganda, siempre que la difusión se limite a una vez al año en estaciones y canales con cobertura regional correspondiente al ámbito geográfico de responsabilidad del servidor público y no exceda de los siete días anteriores y cinco posteriores a la fecha en que se rinda el informe. En ningún caso la difusión de tales informes podrá tener fines electorales, ni realizarse dentro del periodo de campaña electoral (…)”

Por lo cual, el militante panista y exfuncionario electoral local, Solís Morales, solicitó como medida cautelar el retiro inmediato del contenido de las bardas.

Para el cumplimiento de lo ordenado, el ITE concedió a Pluma Flores – legisladora por el PT -, “un término no mayor a 48 horas siguientes a la notificación del presente acuerdo; “requiriendo a la ciudadana (…) para que, dentro del mismo término concedido informe a este Instituto, sobre el cumplimiento dado a las citadas medidas cautelares, debiendo acompañar las constancias que así lo acrediten (…)”.

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