Multas de hasta 122 mil 440 pesos para quienes exijan la Constancia de Situación Fiscal

Foto: La Administradora Desconcentrada de Servicios al Contribuyente de Tlaxcala “1”, Ivette Magaña Sosa; y la Administradora Desconcentrada de Recaudación de Tlaxcala SAT, Ana María Castrejón Plata; ofrecieron una conferencia de prensa informar sobre temas importantes para la ciudadanía.

Martha Aguila

Ante las filas que se han generado, el Servicio de Administración Tributaria (SAT) informó que la constancia de situación fiscal no es un requisito obligatorio para la emisión de una factura, hecho que podría ser sancionado con una multa que va de 21 mil 420 hasta los 122 mil 440 pesos.

En conferencia de prensa, la Administradora Desconcentrada de Servicios al Contribuyente de Tlaxcala “1”, Ivette Magaña Sosa, señaló que los empleadores que generalmente solicitan a sus trabajadores este documento, pueden hacer la solicitud de los datos fiscales, a través de un medio que se conoce como caso de aclaración; es decir, solo la información que requieran para emitir sus comprobantes de nómina.

“La constancia de situación fiscal no es un requisito obligatorio para la emisión de una factura, generalmente cuando solicitamos un servicio, lo primero que nos piden es una constancia de situación fiscal y es importante que todos los ciudadanos sepan que no es un requisito obligatorio para la emisión de una factura”, expresó.

De igual forma, la administradora puntualizó que a partir de este año, el hecho de solicitar este documento ya se considera una infracción que está tipificado en el Código Fiscal de la Federación, sancionado con una multa que va de los 21 mil 420 pesos hasta los 122 mil 440 pesos.

“Como trabajadores o ciudadanos, no es necesario porque contiene otros datos que se consideran confidenciales o datos sensibles de cada uno de nosotros. Los únicos datos que nos deben solicitar al momento de emitir una factura, es nuestra clave federal de registro de contribuyentes, nombre o en caso de una persona moral la razón social, el código postal y régimen fiscal”, enfatizó.

Incluso, dijo que estos cuatros datos se pueden proporcionar de manera verbal o por escrito, y se incluyen en la cédula fiscal, el QR que se puede obtener de manera separada de la constancia.

Asimismo, Ivette Magaña Sosa aclaró que la constancia mantiene vigencia, siempre y cuando, el contribuyente o el ciudadano no manifieste un cambio de domicilio porque el código postal cambia.

De lo contrario, la constancia está vigente y no es necesaria para que se solicite cada mes, además, está el servicio SAT móvil donde se puede ingresar con la contraseña y descargar en cuestión de segundos el documento como la cédula de datos fiscales con la misma firma electrónica o en el portal.

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