Mirador Social… “El juicio de amparo”

Félix Pozos Palafox

Abogada y Activista

 

El 18 de mayo de 1847, surge una Acta Constitutiva de Reformas que permite la federalización del Juicio de Amparo, y es un día como hoy 13 de agosto, pero de 1849 que se dicta la primera sentencia de Amparo.

La materia más hermosa que se imparte en la Facultad de Derecho; en la Maestría tuve la oportunidad que el Jurista Alberto del Castillo del Valle, nos diera cátedra en Tlaxcala; ahora con las reformas está materia es aún más exigente.

Qué debe de saber Usted, para activarlo debe de existir un acto de molestia en su esfera jurídica, y que ese acto de molestia le cause un agravio. Es decir no se da entre particulares, ejemplo si su vecino le da un golpe a su carro, le causa un acto de molestia, sin embargo ahí debe recurrir con otra Autoridad, llámese Ministerio Público; el Amparo procede contra actos de Autoridad, por ejemplo el hoy no circula, ahí procede el Juicio de Amparo; cuando una persona es retenida por la Policía más de un tiempo considerable 10 horas (sin justificación) y no lo pone a disposición del Agente del Ministerio Público o éste lo retiene más de 48 horas (injustificadamente) y no es resuelta su situación jurídica, ahí procede el Juicio de Amparo; cuando un Juez Civil dicta una sentencia que le afecta a Usted y sus intereses y que habiendo un cúmulo de pruebas a su favor se dicta a su favor la sentencia (carece de ser fundada y motivada esa sentencia), ahí procede el Juicio de Amparo.

El ejemplo más emblemático en Tlaxcala, es el del hoy Presidente del Tribunal Superior de Justicia del Estado el Maestro Fernardo Bernal Salazar, quien luchó mucho tiempo y fue a través del Juicio de Amparo, se le concede la razón y se ordena su reinstalación, eso le permite haber tenido la posibilidad profesional de ser hoy el Presidente del Tribunal Superior de Justicia del Estado.

El Juicio de Amparo es un estudio muy metódico el que se debe hacer para plantear el Juicio de Amparo, y en algunos casos se debe garantizar una cantidad de dinero, por ejemplo en materia penal, cuando se admite y se solicita una suspensión y nos la conceden, para que esa suspensión surta sus efectos hay que garantizar.

A través del Amparo los actos de Autoridad, son sometidos a estudios por una Autoridad Federal, quien resolverá a través de un estudio de los Agravios que expone el Quejoso, existiendo Suplencia en Materia Penal, en casos de menores e incapaces o de quien demuestre ser económicamente débil y vulnerable (pobreza extrema, justificada, que le impida acceder a la justicia); tipos de Amparo son Directo e Indirecto del que conocerá los Jueces de Distrito, en Tlaxcala corresponde al Vigésimo Octavo Circuito y son 3 Jueces de Distrito, del Amparo Directo conocerá los Tribunales Colegiado en Tlaxcala existen 2 y se encuentran cerca de las inmediaciones de Ciudad Judicial.

Desgraciadamente se está exhibiendo que a nivel federal también existe casos de corrupción. Debe de saber que una vez que conozca de ese acto de molestia sólo tendrá 15 días hábiles para interponerlo, se busca que esas resoluciones sean lo más cercano a la justicia; sino lo interpone dentro esos quince días eso será cosa juzgada (Ya no puede ser materia de estudio).

Existe un jurista que habla en su obra intitulada “Violaciones Procesales”, el Doctor en Derecho Noé Adinaí Martínez Bernal, expone muy bien está materia de Amparo, es un jurista quien es un ejemplo en nuestro País ya que es Magistrado y de sus propios recursos viaja y cubre sus gastos para impartir conferencias en todo el País.

Un abogado de un Juzgado Federal, a quien más admiro y le respeto, me relato una fábula que les comparto: “una madre atareada se da cuenta que sus hijos juegan bajo un árbol de naranja, estando una niña y un niño (hermanos), cae la naranja, los dos niños la toman con sus manos pequeñas (teniendo la mitad cada uno en sus manos), la niña, siendo mayor la toma y la empieza a limpiar y las cáscara que va tirando el niño la toma y juega con ella, aventándola con una liga (los dos felices y a gusto), de repente la madre ofuscada grita: “eso no es justo”, le quita la naranja a la niña la parte a la mitad y le da a cada uno una parte igual; la pregunta a todo esto la “madre” hizo lo justo, la respuesta de la mayoría de la gente responde que sí; sin embargo, no, no lo es, debido a que los dos niños ya estaban de acuerdo y estaban jugando, por tanto buscar lo justo es muy complejo.

Interponer un Juicio de Amparo resulta un gasto y un costo en ocasiones más elevado que otros, por la complejidad del estudio que se debe hacer de fondo (de todo lo que exista materia de estudio).

En mi experiencia el reto más complejo es del Amparo que interpuse de manera gratuita (Activismo Social) para defender en Tlaxcala, la “reserva ecologica” de la Unidad Santa Cruz (Unidad Habitacional) y a través de una Suspensión, se permitió seguir conservando esa reserva ecológica de más de siete hectáreas, que es una reserva libre que con sus árboles y sus campos, es el pulmón más importante de Tlaxcala Capital.

En las facultades de derecho, está materia debe ser impartida por litigantes y no sólo estudiosos con Maestría y Doctorados, debe existir en sus vidas la práctica; está materia es de práctica y sin duda los años nos hacen mejores como litigantes; hay mucho que platicar de esta materia, sin embargo este es sólo un Panorama Social, ahora Juzgue Usted….

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