Mirador Social… Derecho de petición

Félix Pozos Palafox

Abogada y Activista

 

 

Atento al artículo 8o Constitucional, es el derecho humano que tienes de que una Autoridad te dé respuesta a tu petición por escrito. Al no tener una respuesta, esa falta de contestación se traduce en  una violación a tu esfera jurídica.

Qué hacer ante ésta violación, procede el Juicio de Amparo y el criterio legal que sustenta el Amparo, es la Tesis Aislada, que establece que una vez presentado tu escrito, transcurridos 5 días, se tiene legalmente una falta de contestación.

Existe un criterio de obligatoriedad, que es la Jurisprudencia, visible con el registro 2021401, Amparo en Revisión 64/2018; como ejemplo en Tlaxcala, cito el Amparo 506/2021  (con Autorización  del Quejoso, Israel Ramos López), a quien el Rector  de la Universidad Autónoma de Tlaxcala (UATx), no le dio respuesta a su petición, y se vio en la necesidad de Ampararse.

Como  puede observar, el Ex Presidente de la Comisión Nacional de Derechos Humanos, quien debe conocer el artículo 8o Constitucional, no contestó, y procedió la admisión de dicho Amparo. Y no deben sólo contestar por contestar, debe ser una contestación coherente.  Y deben rendir un informe Previo y Justificado, no ocultar la verdad de lo que rodea al Acto Reclamado, pues de incurrir en falsedad al contestar su informe (la autoridad), incurre no sólo en una violación de Derechos Humanos y el debido proceso, sino en una figura delictiva, que el Juez de Distrito se debe pronunciar.

Es importante que Usted conozca está información y recurra al Juicio de Amparo, aún y cuando sea en contra del propio Ex Presidente de la Comisión Nacional de Derechos Humanos, quien es una persona insensible, misógino, pues cuando como mujer acudes es déspota y no te atiende, si no perteneces a cierto grupo o tienes un apellido “X”,  y ahora se suma su desprecio y discriminación hacia el alumnado, de la Universidad Autónoma de Tlaxcala.

Ahora tiene un Panorama Social y no permita que ninguna Autoridad en Tlaxcala le viole su derecho de petición y exigir que el omiso cumpla…

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