Intervendrá PGJE en casos de fraudes escolares; en vigor Acuerdo de regulación de cuotas

La SEPE emitió un instrumento jurídico que establece los mecanismos de aplicación, vigilancia y rendición de cuentas sobre las cuotas escolares, que siguen siendo no obligatorias

Gerardo Santillán

Entró en vigor el Acuerdo número 003/SEPE/2023 expedido por la Secretaría de Educación Pública del Estado, que, en suma, busca evitar fraudes en el uso de la cuotas escolares por parte de los Comités de Padres de Familia.

En el instrumento jurídico ya publicado en el Periódico Oficial de Tlaxcala y que aplicará en el ciclo escolar 2023 – 2024, se establecen “los mecanismos para la regulación, destino, aplicación, transparencia, vigilancia, así como para la rendición de cuentas, de las donaciones o aportaciones voluntarias destinadas a las escuelas públicas de educación básica del Estado de Tlaxcala”.

Si bien el artículo 7 de la Ley General de Educación prohíbe el pago de cualquier contraprestación que impide o condicione el servicio de educación que imparta el Estado, y que las aportaciones son voluntarias, estas son prácticamente una regla no escrita en las escuelas en cada inicio de ciclo escolar y su destino es mejorar la infraestructura o adquirir equipo para la aulas.

Sin embargo, son usadas a modo de presión a los padres de familia para recibir a sus hijos y, también, los encargados de recabar el dinero han abusado de las altas cantidades que se llegan a juntar, dependiendo del tamaño de la matrícula de estudiantes.

Por eso, con el presente Acuerdo, los Comités de Padres en general, y los tesoreros, en particular, estarán sujetos a diversas disposiciones a efecto de impedir que incurran en desfalcos o estafas que afecten a la comunidad estudiantil y de los que ha habido muchos ejemplos, algunos de ellos emblemáticos como el de la Escuela Secundaria Técnica número 1, de Tlaxcala capital.

Así, en ningún caso directivos, maestros, maestras o cualquier trabajador de la educación podrá ejercer, resguardar, trasladar o administrar los recursos de las aportaciones voluntarias. En cada salón de clase a partir del cuarto grado de primaria se podrá nombrar a la o el tesorero estudiante que administraría los recursos donados, en los inferiores, podrá ser una madre o un padre elegido.

Se obligará que al cierre de inscripciones y a no más de 10 días hábiles del inicio del Ciclo Escolar de que se trate, se deberá colocar el primer informe de transparencia por concepto de donaciones y aportaciones voluntarias, en un lugar visible y deberá registrarse en un libro expresamente destinado para tal efecto, que será resguardado en la escuela.

Se considera llevar a cabo asambleas obligatorias de rendición de cuentas a lo largo del calendario escolar y si el encargado del dinero no se presenta hasta en tres llamados, el asunto será dado a la vista de la Procuraduría General de Justicia del Estado (PGJE) para el procedimiento correspondiente.

La autoridad escolar recibirá los informes de transparencia y el original de rendición de cuentas del cual podrá ofrecer copia simple a quien lo solicite siempre que sea integrante de la Comunidad escolar o sea una autoridad educativa o legalmente habilitada para solicitar la información, entre otros aspectos.

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