Encabeza contlense litigio para que presidentes de comunidad recuperen su voto

Buscan revertir la reforma de 2015 a la Ley Municipal que solo les da voto en los cabildos y quieren un verdadero contrapeso ante los abusos de los alcaldes

 

Gerardo Santillán

Encabezados por el presidente de comunidad de la Sección Segunda de Contla de Juan Cuamatzi, Lucas Nava Flores, un grupo de homólogos de distintos municipios del Estado, anunciaron la reactivación del litigio para restituir el voto a ese cuarto nivel de gobierno, el cual les fue quitado con una reforma a la Ley Municipal en el año 2015 y que buscan revertir, toda vez que atenta contra la vida democrática del país.

Asesorados por el abogado Miguel Sánchez Ramírez, los interesados promovieron el Juicio de Amparo 71/2017-VI-B en el Juzgado Primero de Distrito federal, para inconformarse por la resolución del Juicio de Amparo 1533/2015-II de Juzgado Tercero que desechó su petición de echar atrás la norma, al considerar el juez que el acto reclamado no representa ningún daño o quebranto patrimonial a las Presidencias de Comunidad.

En conferencia de prensa este lunes, participaron el presidente de comunidad de la colonia El Mirador de Calpulalpan, Antonio Membril Espejel; así como otros de comunidades de Chiautempan, Ixtacuixtla, Nanacamilpa y Nativitas, quienes estimaron que al menos 200 de los 400 presidentes de comunidad van a estampar su rúbrica para continuar con la batalla legal que implica regresar el voto a quienes son representantes populares por medio del sufragio efectivo y que sí representan a sus pueblos, a diferencia de los regidores que llegaron por medio de cuotas de representación proporcional y atienden principalmente los designios del partido político o el grupo que los impulsó.

Nosotros sostenemos que sí existe un verdadero quebranto al patrimonio de las comunidades que representamos, puesto que en términos del artículo 33 de la Ley Municipal, existen diversas facultades que solo son atribuibles a los Cabildos y en los que se determinan los ingresos, los egresos, las obras que se tienen que ejecutar, en general los beneficios sociales que deben de recibir nuestras comunidades y eso es directamente traducible en bienes patrimoniales, de tal manera que hemos impugnado el criterio del juez y actualmente estamos tramitando el correspondiente Recurso de Queja ante el Tribunal Octavo de Circuito.

El asesor jurídico, Miguel Sánchez, remarcó que además el hecho de que los presidentes de comunidad no puedan votar, representa un mayor empoderamiento por parte de los alcaldes y eventualmente un abuso de poder en la toma de decisiones, en detrimento de los habitantes de los pueblos.

“Queremos que se recupere el voto de los presidentes de comunidad y se acote a través de un contrapeso de fuerzas políticas el abuso que han cometidos los presidentes municipales en diversas demarcaciones, a efecto de que en ejercicio del poder beneficie a todos en busca del bien común”.

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