Emite SEGOB protocolo de atención a migrantes; evitar se víctimas del delito, entre los objetivos

Se incluye tanto a ciudadanos extranjeros como a tlaxcaltecas repatriados

Gerardo Santillán

El Poder Ejecutivo Local a través de la Secretaría de Gobierno, emitió el Protocolo Interinstitucional de Identificación, Detección y Atención a Personas Migrantes.

Su objetivo es proveer a los servidores públicos del Grupo Interinstitucional de Atención a Personas Migrantes, de herramientas claras, ágiles y eficaces para evitar que ciudadanos extranjeros en tránsito por la entidad sean víctimas de delitos, como la trata de personas.

Dicho Grupo está conformado por la SEGOB, la Secretaría de Seguridad Ciudadana, SEDIF, IEM, SEPE – USET, PGJE (próximamente Fiscalía), SESA, Comisión Ejecutiva de Atención a Víctimas, Congreso del Estado, Secretaría de Finanzas y la Comisión Estatal de Derechos Humanos de Tlaxcala.

“En el protocolo se recopilan los procedimientos, programas y acciones que le corresponden a cada una de las dependencias que tienen contacto y auxilian, a aquellas personas con una estancia migratoria irregular en el país y transitan dentro del Estado de Tlaxcala. Este documento fue pensado dentro del seno del Consejo Estatal contra la Trata de Personas, ya que se pretende atender o en su caso evitar, que las personas que migran sean sujetas de algún delito como lo podía ser la trata en sus diversos tipos”, señala.

Asimismo, busca atención integral a los migrantes desde el primer contacto, respetando los derechos humanos, perspectiva de género, además de identificar de manera precisa sus necesidades como sector vulnerable.

El documento, que se puede consultar en el Periódico Oficial de Tlaxcala, detalla cada uno de los términos, enfoques, leyes y tratados internacionales, así como intervenciones institucionales.

Entre los criterios de detección e identificación están: persona migrante extranjera sola; persona migrante extranjera acompañada; persona migrante extranjera en situación regular; persona migrante extranjera en situación irregular; niña, niño, adolescente separado; niña, niño, adolescente acompañado; persona migrante extranjera en tránsito; personas mexicanas de retorno al país; y personas mexicanas repatriadas.

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