Gerardo Santillán
Mediante convenios de colaboración y coordinación institucional, el Ejecutivo del Estado delegó a los ayuntamientos la facultad de expedir licencias o refrendos para la venta de bebidas alcohólicas.
Ello, a través del funcionamiento de establecimientos o locales ubicados dentro de sus territorios, cuyos giros sean la venta de bebidas alcohólicas o la prestación del servicio que incluya el expendio de dichos productos.
Eso sí, el Ejecutivo se reserva la expedición de permisos eventuales o provisionales para la venta de bebidas alcohólicas en eventos que se lleven a cabo en estadios, plazas de toros o cualquier otro establecimiento con actividad similar y de espectáculos.
De la misma forma se reserva la imposición de sanciones económicas por infracciones al Código Financiero para el Estado de Tlaxcala y sus Municipios, de carácter formal.
Los convenios, publicados en el Periódico Oficial del Estado, establecen ciertos requisitos para nuevos locales expendedores, como las condiciones físicas, permisos de dependencias reguladoras y que en los alrededores no se cause perjuicio a terceros por escuelas u otros elementos del orden social.
Asimismo, el Municipio tendrá que integrar un reporte mensual sobre los ingresos recaudados por la expedición de esas licencias, refrendos u otros derechos relativos; mientras que, de dichos ingresos, el 70 por ciento será participado a las arcas municipales y el 30 a la hacienda pública estatal.