Redacción
La congresista Reyna Flor Báez presentó ante el Pleno de esta Soberanía la iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley Laboral de los Servidores Públicos del Estado de Tlaxcala y sus Municipios, de la Ley que Garantiza el Acceso a las Mujeres a una Vida Libre de Violencia y de la Ley de Igualdad entre Mujeres y Hombres para el Estado de Tlaxcala.
Con esta propuesta, la legisladora busca garantizar que la contratación, permanencia o ascenso en el empleo no se sujeten a la condición de que la mujer no este embarazada o se le exija la exhibición de certificado de gravidez, y erradicar así la discriminación laboral que algunas mujeres sufren durante el embarazo, a fin de vivir en igualdad una vida libre de violencia en el ámbito laboral.
En la máxima tribuna del Estado, la también presidenta de la Comisión de Fomento Artesanal y MIPYMES, Reyna Flor Báez, recalcó que la discriminación por embarazo es una subespecie de violencia a la que se enfrentan muchas mujeres en nuestro país, razón por la que se ven obligadas a renunciar a sus empleos, o frustrar su ascenso, que es más recurrente en el sector público que en el privado.
En razón a ello, la legisladora presentó la reforma al artículo 11 y sus fracciones IV y V y de su párrafo primero, así como la adición de una fracción VI al párrafo primero del artículo 11, un artículo 46 Bis, y un párrafo segundo al artículo 138 de la Ley Laboral de los Servidores Públicos del Estado de Tlaxcala y sus Municipios, con la pretensión de que se estipule que los Poderes Públicos, Municipios o Ayuntamientos no deberán condicionar a sus trabajadoras con no embarazarse para ser contratadas, permanecer o ser ascendida en el empleo, cargo o comisión o para cualquier efecto relacionado con la relación laboral.
Asimismo, se propone la abstinencia por parte de los titulares de los poderes públicos de exigir la presentación de certificados médicos de no embarazo, ni condicionar las circunstancias de que la mujer no este embarazada o no se embarace en un futuro, al tiempo que no se agotará la etapa de conciliación cuando se proceda por discriminación por embarazo.
De igual manera, Báez Lozano puntualizó la reforma a la fracción XII del artículo 9 de la Ley que Garantiza el Acceso a las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, en el que se estipulan los derechos laborales de las mujeres con la prohibición de cualquier tipo de discriminación por embarazo o la interrupción del desempeño de sus labores por esta razón.
Con la intención de mantener la armonía en las leyes locales, también se realizó la reforma del inciso B) de la fracción VIII del artículo 31 de la Ley de Igualdad entre Hombres y Mujeres para el Estado de Tlaxcala, en el cual se prohíbe la exhibición del certificado de gravidez o se condicione el no embarazo.
De esta manera, la Legisladora Reyna Flor Báez Lozano busca que se reconozcan los derechos laborales de las mujeres en igualdad de condiciones y no se genere discriminación por embarazo, imposibilitando el libre desarrollo de sus funciones y alcances en el sector productivo de la mujer.