Gobierno vulnera participación ciudadana en proceso de protección de la Cuenca del Atoyac
Redacción
Desde el Centro Fray Julián Garcés Derechos Humanos y Desarrollo Local, A.C. externamos nuestra extrañeza e indignación al no considerar nuestra participación y de las comunidades afectadas en la reunión que funcionarios realizaron el día de hoy para avanzar en el cumplimiento de la Recomendación 10/2017 de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos, CNDH, por lo que exigimos la participación ciudadana en el proceso, siendo claramente nuestro derecho.
La reunión referida se llevó a cabo el día de hoy en la ciudad de Puebla, como la primera reunión del Grupo Interinstitucional de Trabajo que se instaló el 10 de diciembre de 2020, con el encargo de identificar y desarrollar “planes y acciones tendientes a mejorar y facilitar la coordinación…” entre las dependencias para cumplir con el objetivo del Convenio Marco de Coordinación Interinstitucional y de Cooperación Técnica, que se firmó en septiembre del año pasado, con el objeto de conjuntar esfuerzos para “elaborar e implementar un Programa Integral de Restauración Ecológica o Saneamiento de la Cuenca del Alto Atoyac”, en cumplimiento a la Recomendación 10/2017 emitida al respecto por la CNDH desde marzo de 2017.
Ante esto, hoy hacemos notar nuevamente -como ya lo hicimos durante el proceso de seguimiento al cumplimiento de la Recomendación, y en su momento luego de la firma del Convenio en septiembre del año pasado-, que tanto en las acciones propuestas en el convenio como en la forma de organizarlas se dejó y se sigue dejando fuera la participación activa de las y los habitantes de las comunidades e integrantes de las organizaciones que presentamos, gestionamos y sustentamos técnicamente la queja ante la CNDH por la que se obtuvo la emisión de la Recomendación 10/2017, misma que los gobiernos estatales y municipales así como las dependencias federales recomendadas aceptaron y se comprometieron a cumplir.
En este sentido, denunciamos hoy que se está dejando de cumplir adecuadamente la primera de las recomendaciones que hace la CNDH a todos los sujetos recomendados, a saber:
“…se lleve a cabo la celebración de un convenio y/o acuerdo de coordinación interinstitucional y cooperación técnica, entre esa Secretaría, la CONAGUA, la PROFEPA, la COFEPRIS, los gobiernos de los estados de Puebla y Tlaxcala, y los municipios colindantes con el Río Atoyac y Xochiac, y sus afluentes, y las empresas que descargan sus aguas residuales a los citados cuerpos de agua o a las redes de alcantarillado municipales, así como con las organizaciones de la sociedad civil que así lo deseen; con el objeto de elaborar e implementar un Programa Integral de Restauración Ecológica o de Saneamiento de la cuenca del Alto Atoyac, en términos de los establecido en el apartado de Reparación del Daño de esta Recomendación; y se remitan las pruebas de su cumplimiento a esta Comisión Nacional.”
Toda vez que, de acuerdo a lo recomendado por la CNDH, la participación de la sociedad civil debe contemplarse y realizarse como un sujeto en la organización y ejecución de las acciones que darán cumplimiento al Convenio de Coordinación Interinstitucional y Cooperación Técnica, y no sólo en la cláusula de Adhesiones de quienes, previa aprobación del Grupo de Trabajo, “tengan la intención de participar en el cumplimiento de su objeto.”, como dice el convenio firmado en la cláusula 10 del convenio firmado.
Ante esto exigimos que:
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Se reconozca que el Convenio firmado por las autoridades y las dependencias gubernamentales no es una concesión de su parte, ni un acto de buena voluntad, sino el instrumento para cumplir con las obligaciones adquiridas al haber aceptado la Recomendación 10/2017 de la CNDH, y las obligaciones jurídicas vinculantes establecidas en el nivel más alto de la jerarquía jurídica nacional e internacional.
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Se convoque a la participación de las personas y organizaciones de la sociedad civil que hemos trabajado desde hace más de 15 años en este proceso de búsqueda de la restauración integral de la Cuenca del Alto Atoyac, en el Grupo de Trabajo, en los términos de lo establecido en la Recomendación de la CNDH, de manera que se garantice que todo se haga bien, y que “el proceso en la Cuenca del Alto Atoyac se convierta en un modelo de saneamiento que pueda servir de referencia para la restauración de otras regiones en el país”, como lo comentó la titular de la Semarnat en su intervención en el acto de firma del convenio el día 28 de septiembre de 2020 en Puebla.
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Que, con la participación activa de quienes interpusimos la queja y sustentamos también técnicamente las violaciones a nuestros derechos humanos documentadas en la Recomendación 10/2017, se garantice que el alcance del convenio y las acciones que se planteen para su cumplimiento, contemplen todo el territorio de la Cuenca del Alto Atoyac y no solamente el de los municipios recomendados en ambos estados, ya que se ha mostrado reiteradamente, tal y como lo documenta la recomendación, que las afectaciones de salud y ambientales se extienden, con diversas magnitudes, a todo el territorio de la Cuenca.