TEPJF da revés al TET, el PRI violó la ley

El Tribunal local tiene tres días para contestar a la máxima autoridad en materia electoral por las inconsistencias en el proceso electoral pasado

 

Redacción

El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) revocó la resolución del Tribunal Electoral de Tlaxcala (TET), en relación al Juicio de Revisión Constitucional JRC 286/2016 promovido por Lorena Cuéllar Cisneros, otorgándole tres días para la contestación; esto, tras confirmar que el gobernador, Mariano González Zarur y la titular de la Secretaría de Desarrollo Agrario Territorial y Urbano (SEDATU), Rosario Robles Berlanga, incurrieron en violación a la normatividad Constitucional y legal en materia electoral, por haber realizado un evento masivo durante la época de campaña.

El TET declaró que la titular de la SEDATU, Rosario Robles Berlanga así como el delegado en la entidad, Sergio Pintor Castillo  y el gobernador Mariano González Zarur no incurrieron en violación alguna a la normatividad Constitucional y legal en materia electoral, luego de haber realizado durante el periodo de campaña electoral un evento masivo denominado “El papelito habla”.

Sin embargo, de acuerdo con el TEPJF el TET violó el principio de exhaustividad ya que se limitó a razonar si los hechos denunciados vulneraron los artículos 41, Base III, Apartado C párrafo segundo de la Constitución General en relación directa con el 170 de la Ley de Instituciones y Procedimientos Electorales para el Estado de Tlaxcala, omitiendo el análisis del marco normativo electoral al no tomar en consideración el articulo 95 Apartado B, segundo párrafo.

Esta disposición de la ley local refiere que durante el tiempo que comprenden las campañas electorales, los funcionarios que dependen del Poder Ejecutivo así como de los municipios, presidencias de comunidad y legisladores locales suspenderán las acciones de difusión de actividades proselitistas que impliquen la entrega de cualquier tipo de programa asistencial o de gestión.

Según la ley solamente se puede emprender campañas de información en relación a servicios educativos, de salud o lo que se requiera en Protección Civil en caso de que se presente alguna emergencia, por lo que las acciones emprendidas por Rosario Robles, Sergio González Pintor  y Mariano González violaron el artículo 134 de la Constitución.

La ley prevé de manera total la no divulgación y promoción de cualquier otro tipo de acción de gobierno que rompa con el principio de equidad e imparcialidad en el proceso electoral, situación vulnerada por dos niveles de gobierno en este caso por la titular federal de la SEDATU, la delegación de la misma y el gobernador Mariano González.

El TET se limitó a analizar con exhaustividad la difusión de programa “Papelito habla”, violentando los principios de imparcialidad e igualdad en el proceso electoral, luego de omitir el estudio del artículo 16, así como el artículo 134 párrafo séptimo y el articulo 95 apartado B párrafo segundo de la Constitución local.

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