Redacción
Por unanimidad de votos, el Pleno del Tribunal Electoral de Tlaxcala (TET) determinó la aplicación de medidas cautelares a favor de la síndica municipal de San Juan Huactzinco, Maribel Muñoz Ramírez, con el objetivo de que de manera inmediata los integrantes del cabildo encabezado por el alcalde Alfredo Valencia Muñoz, le restituya los elementos técnicos, económicos y materiales en relación con las funciones y facultades inherentes al cargo que ella desempeña.
De manera particular, las medidas cautelares ordenadas por el Pleno del TET que deben cumplir el alcalde, el secretario del ayuntamiento y los integrantes del cabildo, son el de garantizar el pago puntual e íntegro de todas y cada una de las prerrogativas de la síndica municipal, conforme al presupuesto y a sus funciones. Asimismo, abstenerse de realizar cualquier conducta dirigida a menoscabar sus funciones, al igual que evitar cualquier manifestación que implique violencia psicológica, económica o patrimonial sobre ella.
El Pleno también determinó garantizar la debida asistencia de la síndica a todas y cada una de las sesiones de Cabildo, brindando el apoyo necesario para su traslado al recinto destinado para las mismas, cuando éstas sean presenciales. Para lo anterior, ordenó al alcalde girar oficio al director de Seguridad Pública y Vialidad del ayuntamiento, para que en el ámbito de su competencia coadyuve con lo establecido en esta medida cautelar.
De igual manera, las medidas incluyen convocar a la actora a las sesiones de Cabildo “con la debida diligencia, y en aras de garantizar su participación en las mismas, se deberá poner a su disposición, y la con debida antelación, la información necesaria sobre los temas a discutir en dichas sesiones. Además, se deberá propiciar un ambiente de respeto y no discriminación sobre la quejosa.
Lo anterior fue aprobado por el Pleno al resolver el expediente TET-JDC-05/2021, dentro del cual la síndica solicitaba diversas medidas cautelares, incluida la suspensión del cargo del alcalde e incluirlo en la lista de las personas sentenciadas por violencia política en razón de género. Sin embargo, la solicitud resultó improcedente porque era con respecto a cargos de elección popular y no a la suspensión del cargo como presidente municipal, lo que pertenece a otras autoridades.
Sobre su solicitud de dar vista a la Procuraduría General de Justicia del Estado (PGJE), señaladamente en la mesa especializada que corresponda en relación a los hechos denunciados por el delito de violencia política en razón de género, el Pleno resolvió que lo solicitado implicaba realizar un pronunciamiento previo al dictado de la sentencia sin que se hubiera realizado el estudio concreto de los actos impugnados, razón por la cual el Tribunal Electoral se pronunciará respecto de lo solicitado por la quejosa al momento de emitir la sentencia que resuelva elmedio de impugnación interpuesto por la síndica.
Por otra parte, los magistrados José Lumbreras García, Miguel Nava Xochitiotzi y la magistrada Claudia Salvador Ángel resolvieron dar por cumplidas las sentencias relativas a los acuerdos TET-JE-038/2020 y TET-JE-043/2020 y acumulados. La primera con respecto de la segmentación por bloques de competitividad propuesta por el Instituto Tlaxcalteca de Elecciones (ITE); y la segunda sobre el porcentaje que debían alcanzar los aspirantes a candidaturas independientes para los cargos de gubernatura, diputaciones locales, ayuntamientos y presidencias de comunidad.