Por el interés superior de la niñez, armonización de la Ley de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes: José Luis Garrido

El objetivo es armonizar la normativa vigente con la Ley General, donde se establecen cambios significativos sobre los juicios de pérdida de patria potestad o de adopciones.

Zahr Zuleiman

El Diputado Local, José Luis Garrido Cruz, destacó que la armonización de la Ley de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes del estado de Tlaxcala con la Ley General, busca atender el interés superior de la niñez, toda vez que es el sector más vulnerable de la sociedad con incremento de niños en estado de orfandad en México.

Informó que la Comisión de Puntos Constitucionales, Gobernación, y Justicia y Asuntos Políticos, recibió la iniciativa con Proyecto de Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la norma, a propuesta del Gobernador, Marco Antonio Mena Rodríguez.

Explicó, el objetivo es armonizar la normativa vigente en el Estado de Tlaxcala con la Ley General, y es que en ésta, se establecieron cambios significativos encaminados a resolver con mayor prontitud, aquellos casos en los que un órgano jurisdiccional decida sobre juicios de pérdida de patria potestad o de adopciones.

También se previeron reglas específicas para los casos en que una niña, niño o adolescente deba ingresar a un centro de asistencia social de carácter público o privado, y para cumplir con la reforma se realizan ciertas adecuaciones en el ámbito estatal.

La reforma busca que tanto autoridades estatales como municipales, instauren políticas de fortalecimiento familiar que eviten la separación de infantes y adolescentes, del entorno familiar o en su caso para que estos sean atendidos a través de las medidas especiales de protección.

Si bien se priorizará la familia de origen, extensa o ampliada, se deberá resolver con prontitud su situación jurídica para acceder a un proceso de adopción expedito, ágil, simple y guiado por su interés superior.

Además, se establece un requisito más de las familias de acogida, el que éstas se encuentren certificadas para recibir temporalmente a niñas, niños y adolescentes; a la vez que, en el supuesto de menores que cuenten con la declaratoria de adoptabilidad, en la etapa de acogimiento pre-adoptivo, la autoridad competente deberá determinar la idoneidad de las personas solicitantes de adopción, a la vez que se establece el deber de la Procuraduría para que la Protección de Niñas, Niños y Adolescentes y de la autoridad judicial competente, por revisar de forma mensual el acogimiento residencial brindado por centros de asistencia social, dictando para ello todo tipo de medidas de protección integral para lograr restituir el derecho a vivir en familia del involucrado.

Y la persona titular de la Procuraduría para la Protección de Niñas, Niños y Adolescentes, cuente con cédula profesional y acredite experiencia mínima de dos años en asuntos relacionados con niñez y adolescencia, así como en materia familiar, penal, administrativa y de derechos humanos.

Y entre otras cosas, en la armonización, se establecen plazos para que la Procuraduría para la Protección de Niñas, Niños y Adolescentes, así como el Comité Técnico de Adopciones del Estado resuelvan sobre la emisión del certificado de idoneidad, o en su caso, sobre el informe donde se justifiquen las razones por las cuales no se emite.

Se modifica el proceso administrativo de adopción para garantizar una evaluación de calidad hacia las personas solicitantes de adopción, es decir, que cuenten con las cualidades suficientes para brindarles una crianza positiva y un sano desarrollo.

Se delimitan los plazos que tienen las autoridades judiciales de primera instancia para dictar las sentencias correspondientes en los juicios especiales de pérdida de patria potestad y en los procesos judiciales de adopción, y se extiende el lapso del seguimiento post-adoptivo a tres años.

Alarmante el crecimiento de niños en desamparo familiar

Un diagnostico con proyecciones estadísticas del Sistema para el Desarrollo Integral de la Familia Nacional, arrojó un aumento del número de niños en desamparo familiar e institucionalizados en México, tan solo en 2005, el número de niños en casas hogar era de 28 mil 107, estimando que en 2010 se tendrían a 29 mil 310 y para 2040 se llegaría al climax con una población de 33 mil 242 niños, niñas y adolescentes.

Sin embargo, en 2015, el Centro de Estudios de Adopción publicó que en el número de pequeños sin cuidados familiares en el país rondaba ya en los 30 mil 368.

Y de acuerdo a los datos proporcionados por INEGI, la Comisión Nacional de los Derechos Humanos documentó que en el periodo comprendido entre los años 2014 a 2016, existían 26 mil 372 niñas, niños y adolescentes albergados en Centros de Asistencia Social, de los cuales, Tlaxcala presentó que 131 niñas, niños y adolescentes se encontraban residiendo en Centros de Asistencia Social  y Albergues Públicos y Privados, siendo 54 del género femenino y 77 del género masculino.

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