Designa Pleno del TET al magistrado José Lumbreras García como su nuevo presidente

Y declara el Tribunal ilegal remoción de Presidente de Comunidad en Nanacamilpa

Redacción

Por unanimidad de votos, el magistrado José Lumbreras García fue designado este viernes 31 de enero como nuevo presidente del Tribunal Electoral de Tlaxcala (TET) para el periodo del 01 de enero de 2020 al 31 de enero de 2022, en sustitución del magistrado Luis Manuel Muñoz Cuahutle.

El cambio en la presidencia del órgano autónomo se dio en cumplimiento del artículo 14 de la Ley Orgánica del Tribunal Electoral de Tlaxcala, que establece que el presidente “será electo de entre los magistrados, por el voto de la mayoría de los mismos, en sesión especial que deberá celebrarse en la fecha de conclusión del periodo del presidente saliente, misma que no podrá suspenderse hasta darse la designación”.

Por acuerdo del Pleno, los magistrados acordaron la designación del magistrado José Lumbreras García como presidente, pero será el 04 de febrero cuando rinda protesta al cargo, considerando que ese es el primer día hábil del mes.

Cabe precisar que el mismo artículo 14 de la Ley Orgánica del Tribunal Electoral de Tlaxcala, indica que la presidencia del TET será rotatoria y durará dos años, no permitiéndose la reelección para los dos periodos inmediatos posteriores.

Ilegal, remoción de presidente de comunidad en Nanacamilpa: TET..

Por otra parte, por unanimidad de votos, el Pleno del TET dejó sin efecto las actuaciones realizadas por los integrantes del ayuntamiento de Nanacamilpa, en el sentido de remover del cargo a Francisco Sosa Hernández como presidente de comunidad de Miguel Lira y Ortega. En tal circunstancia, deben seguir reconociéndolo para los efectos legales que correspondan.

Asimismo, amonestó al presidente municipal de Nanacamilpa, Víctor Hugo Sánchez Flores, por la remisión extemporánea de un informe solicitado por el TET, y y ordenó dar vista a la Procuraduría General de Justicia del Estado (PGJE) derivado de los hechos irregulares detectados en diversas actuaciones, de manera particular respecto a las irregularidades de firmas de presuntos participantes en las asambleas comunitarias que sirvieron para desconocer al presidente de comunidad.

En todo lo anterior, los magistrados electorales también calificaron como fundado el hecho de que al presidente de comunidad de Miguel Lira y Ortega le fue suprimido el derecho de recibir las remuneraciones a partir del mes de enero del año en curso. Lo anterior, porque no resultó legal la remoción de que fue objeto.

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