Alcaldesa de Tlaxcala evade laudos, litiga multas y las pierde; Cabildo enojado

Más de 15 amparos indirectos ha enfrentado este año el Ayuntamiento capitalino ante omisión de atender laudos condenatorios

Gerardo Santillán

La presidenta municipal de Tlaxcala, Maribel Pérez Arenas, ha involucrado a su Cabildo a verse obligado a pagar multas por evadir el tema de laudos laborales e intentar litigar, sin éxito, las propias penalizaciones económicas que tienen que salir del bolsillo de los regidores y no de las arcas municipales.

Según consta en sendos oficios de los juzgados Primero y Tercero de Distrito en el Estado, la comuna capitalina ha enfrentado, tan solo este año, más de 15 amparos indirectos a raíz de la omisión del Cabildo a atender laudos condenatorios, lo que se ha traducido en que el cuerpo edilicio tenga que pagar multas por más de 1.5 millones de pesos ante la Secretaría de Finanzas del Estado.

Actualmente, desde la administración de Pedro Pérez Lira a la de Jorge Corichi Fragoso – que pidió licencia definitiva en la presente gestión – los pasivos o deudas laborales suman no menos de 100 millones de pesos en juicios laborales, incluyendo a la Comisión de Agua Potable y Alcantarillado, lo que pone en la cuerda floja no solo a este gobierno municipal, sino al siguiente.

Así y ante la imposibilidad financiera que tiene la administración municipal, Pérez Arenas ha preferido dejar que los laudos crezcan de manera exorbitante y litigar las multas, que hacer frente al pago de laudos condenatorios, amparos que ya perdió como se puede constatar en la página del Poder Judicial Federal.

Incluso, esa “dejadez” podría derivar en que se inicien procesos de responsabilidad administrativa y penal a todos los integrantes de Cabildo por negarse a pagar los laudos, situación que de acuerdo a la Ley General de Responsabilidades de los Servidores Públicos no los eximiría aunque dejen el cargo, desde la alcaldesa, hasta regidores y presidentes de comunidad, por el delito de desobediencia a un mandato judicial tipificado en el artículo 176 del Código Penal del Estado.

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